Protección de Datos (LOPD) en Internet
Se trata de un servicio legalmente exigido.
Esta normativa de Protección de datos (LOPD) es de obligado cumplimiento. Nació con el fin de salvaguardar los datos almacenados por las empresas y que son de carácter personal. El objetivo es controlar el uso que las empresas, hacen que de dicha información confidencial con la intención de garantizar que se hace de forma responsable. Su existencia está justificada por el artículo 18 de la Constitución Española, en el que se protege el derecho a la intimidad y al honor de las personas.
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Caracter Personal, conocida como LOPD, es una norma que acarrea sanciones que van desde los 600€ a los 600.000€. Se percibe como evidente que es un riesgo muy alto el incumplir esta normativa. Por ejemplo, un caso común en el que se vulnera la LOPD se da cuando una organización envía un email a distintas empresas y no oculta las direcciones de email. En este supuesto, esta organización está divulgando datos de contacto que en la mayoría de los casos son de uso privado.
El avance tecnológico ha hecho que desde las propias páginas web se recopile información de clientes, proveedores o distribuidores. Esta información queda almacenada en ficheros o en bases de datos que pertenecen a la empresa. Si esta información se filtrara de alguna forma, usted sería responsable de la revelación de esos datos y podría ser denunciado por ello. Para evitarlo, ha de tomar medidas que garanticen que dicha información está a salvo, accesible sólo para personal autorizado, y que se mantiene la confidencialidad en todo momento.
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Ley Orgánica de Protección de Datos
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Servicios en la Sociedad de la Información
La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, conocida también por las siglas LSSICE, es aplicable a toda persona, profesional, institución o empresa que realiza operaciones comerciales a través de internet.
Desde la perspectiva de aplicación de esta Ley LSSICE se entiende por operaciones comerciales cualquier tipo de publicación o uso de internet que haga una empresa o profesional para la difusión de su actividad o para la comunicación con el mercado. Es decir, cualquier empresa que tenga aunque sea una mínima presencia en Internet está oblidada a cumplir los preceptos contendios la citada Ley.
Para que se entienda mejor podemos decir que cualquier empresa que tenga página web, que haga publicidad en internet, ofrezca servicios o venda productos a través de cualquier canal que facilite Internet está sujeto a la LSSICE.
Sanciones de los 600€ a los 600.000€
Dependiendo del uso que se haga de Internet las medidas son más o menos estrictas. Alcanzando las sanciones, en caso de demostrarse el incumplimiento, desde 600€ hasta 600.000€.
Nuestra función es analizar a fondo las características de su empresa y de su sector, indicarle que obligaciones son las que le afectarían, y ayudarle a realizar los trámites y a incorporar las medidas necesarias.
En Función de las dimensiones de las empresas y para garantizar la correcta aplicación de ambas leyes suele ser habitual el realizar una monitorización periódica de la empresa, consultoría destinada a evaluar posibles cambios que hayan podido surgir en ese periodo en la empresa a fin de que no impliquen el imcumplimiento de la Ley.
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